sábado, 12 de mayo de 2012

Plan de Prevención de riesgos laborales. Para pequeña empresa del sector informático.


Introducción.

Esta guía es un manual de consulta, por tanto tenla a mano para utilizarla.

Con esta información conocerás los principales riesgos a los que estás expuesto en tu lugar de trabajo.

Con esta guía conocerás de forma fácil los principales riesgos específicos de tu actividad que conforman las principales causas de accidentalidad laboral.

Cada uno de los riesgos se complementan con una serie de consejos de fácil cumplimiento que servirán para suprimir o minimizar los peligros en tu trabajo habitual.

Lee con atención cada uno de los epígrafes y trata de recordar las principales pautas de actuación para evitar el accidente laboral cuyo primer y más principal perjudicado eres tú.

Comenta estas simples reglas con tus compañeros y no dudes consultar cuantas dudas puedas tener al respecto, sin olvidar que:


¡ POR TU SEGURIDAD...!
PROTÉGETE CONTRA EL RIESGO LABORAL



1 - Conceptos.

1.1 Objetivos de la ley:

Promover la Seguridad y Salud de los trabajadores mediante la aplicación
de medidas y el desarrollo de actividades necesarias para la prevención de
los riesgos derivados del trabajo, evitando los accidentes de trabajo y la
aparición de enfermedades profesionales.


1.2 Riesgos:

Aquella situación de trabajo que encierra una  capacidad potencial de
producir un accidente o una enfermedad.






1.3 Accidentes en el trabajo:

Toda lesión corporal que el trabajador sufra, con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute, por cuenta ajena (Artículo 115 del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social).

1.4 Enfermedad profesional:

La contraída a consecuencia del trabajo ejecutado, por cuenta ajena, en las actividades que se especifican en el cuadro aprobado por las disposiciones y desarrollo de la Ley General de la Seguridad Social, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen (Artículo 85 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social).

1.5    ¿Por qué se producen los accidentes?

• Falta de orden y limpieza en los lugares de trabajo.

• Almacenamientos incorrectos, apilamientos desordenados.

• Niveles de ruido excesivo.

• Trabajar en condiciones inseguras o a velocidades excesivas.

• No se avisa de las condiciones peligrosas que se observan, o no están debidamente señalizadas.

• No se utilizan, o se anulan los dispositivos de seguridad de las máquinas.

• Utilizar herramientas o equipos defectuosos.

• No usar prendas de protección personal o utilizar prendas inadecuadas.

• Gastar bromas durante el trabajo.

• Colocarse debajo de cargas suspendidas.

• Diseño o mantenimiento inadecuado de máquinas o equipos.

• Hábitos de trabajo incorrectos.

• Uso incorrecto de equipos, herramientas e instalaciones.


1.6 Obligaciones del empresario:

• Evaluar los riesgos de su empresa.

• Planificar la acción preventiva a partir de la evaluación de riesgos.

• Adecuación de los equipos de trabajo.

• Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar.

• Información a los trabajadores de:

–  Los riesgos existentes en sus puestos de trabajo.
–  Las medidas preventivas a adoptar.
_  Las medidas de emergencia.

• Consultar a los trabajadores y permitir su participación en las cuestiones que afectan a su seguridad y salud.

• Dar formación en materia preventiva a sus trabajadores.

• Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.


1.7   Obligaciones de los trabajadores:


• Velar por su seguridad y salud mediante el cumplimiento de las medidas de prevención adoptadas.

• Usar adecuadamente las máquinas, herramientas y materiales.

• Utilizar los medios de protección personal facilitados por la empresa.

• No modificar ni anular los dispositivos de seguridad.

• Informar de inmediato de cualquier situación que entrañe peligro.

• Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

• Recibir formación adecuada en materia preventiva.



1.8    Derechos del empresario:

• Exigir a los trabajadores el cumplimiento de los deberes citados.

• Exigir a los trabajadores el cumplimiento de la normativa de seguridad.




1.9  Derecho de los trabajadores:

• Todos los que suponen obligación del empresario:

– Ser informados directamente de los riesgos para su salud y seguridad y de las medidas preventivas adoptadas, incluidas las previstas para hacer frente a situaciones de emergencia.

– Recibir una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en el momento de su contratación y cuando cambie el contenido de la tarea.

– Una vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo.

– Medidas de protección especificas cuando por sus propias características personales o estado biológico conocido o su incapacidad física o sensorial, sean especialmente sensibles a determinados riesgos derivados del trabajo.

– Ser consultados y participar en todas las cuestiones que afecten
a la seguridad y a la salud en el trabajo.

• Paralizar la actividad ante riesgo grave e inminente.



2       – Riesgos.

Los principales riesgos laborales para los trabajadores de la informática y las comunicaciones son:

2.1. Caídas al mismo nivel:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Los suelos de los locales de trabajo deben ser fijos, estables y no resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas.

• Se debe canalizar todo el cableado de ordenadores y demás instalaciones.

• Mantener las zonas de paso despejadas.

• Concienciar a los trabajadores del mantenimiento del orden y la limpieza de sus puestos de trabajo.

• Utilizar calzado con suelas antideslizantes (con algún tipo de dibujo, no lisos).

• Marcar y señalizar los obstáculos que no puedan ser eliminados.






2.2. Caídas a distinto nivel:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Las escaleras de mano deben subirse con precaución, siempre de frente a ellas, tanto al subir como al bajar agarrándose con las dos manos.

• La escalera debe estar abierta al máximo según el elemento limitador de abertura (cuerda, cadena, etc), o se apoyará sobre la pared intentando que el ángulo de inclinación esté comprendido entre 70 y 75°.

• Facilitar el acceso a zonas de almacenamiento elevadas mediante escaleras fijas o móviles perfectamente aseguradas.




2.3. Golpes contra objetos:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Mantener despejados de objetos los pasillos y las zonas de paso.

• Concienciar a los trabajadores del mantenimiento del orden y la limpieza de sus puestos de trabajo.

• Comprar equipos de trabajo seguros, que tengan el marcado CE.



2.4. Trastornos músculoesqueléticos::

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

5Familia Profesional: Informatica y Comunicaciones:

• Las mesa de trabajo debe ser lo suficientemente  amplia y espaciosa para que en ella se puedan depositar cómodamente todos los utensilios necesarios para el dasarrollo de la tarea. Las dimensiones aproximadas deben ser: 160 cm de ancho por 80 cm de alto y 100 cm de profundidad.

• El espacio libre para las extremidades debe ser de 60 cm.

• La silla debe ser ajustable en altura del asiento e inclinación y altura del espaldo. Debe ser giratoria con 5 puntos de apoyo y ruedas que permitan su
desplazamiento fácilmente. Se recomienda que tenga apoyabrazos.

• El reposapiés debe ser móvil para permitir al usuario colocarlo según sus necesidades de cada momento. Su utilización se recomienda, únicamente,
cuando al ajustar la silla a la altura de la mesa de trabajo, las piernas de la persona puedan quedar colgando.

• La inclinación debe ser ajustable entre 0 y 15° y debe poderse ajustar en altura entre o y 25 cm. Su tamaño debe permitir apoyar los pies con holgura (45x35 cm).
• Como regla general la pantalla debe estar a unos 40 cm y la parte superior de la pantalla al altura de los ojos.

• El teclado será de color claro y mate, con los caracteres en negro bien diferenciados. Expandido y con reposamuñecas.6 Manual Basico de Prevencion de Riesgos Laborales

• El puntero debe tener forma adaptable a la palma de la mano. Se debe trabajar con la mano apoyada sobre el rátón, la muñeca recta y el codo apoyado sobre la mesa formando un ángulo de 90°. Los botones deben ser sensibles y de tacto agradable.

• El portadocumentos se debe utilizar en puestos de trabajo donde la tarea principal consista en pasar datos con documentos de los que se tengan que extraer muchos datos. Debe ser giratorio, móvil e inclinable.

• Realizar ejercicio físico aprovechando las pausas de la jornada.

• Establecer pausas planificadas, cuya duración dependerá de las exigencias concretas de cada tarea.



2.5. Manejo manual de cargas:

La forma correcta de levantar la carga la podemos dividir en 5 fases:





2.6.  Aplastamiento por vuelco de material de oficina:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Se anclarán a la pared archivadores y estanterías.

• Los archivadores deberán llevar un sistema que trabe los cajones de tal manera, que sólo sea posible tener uno abierto.




2.7. Golpes y/o cortes con herramientas:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Comprar máquinas y herramientas seguras, que tengan el marcado CE.

• Cumplir las normas de seguridad indicadas por el fabricante.

• Guardar las herramientas cortantes en fundas y/o soportes adecuados.

• En general, se utilizarán las herramientas de acuerdo con su función, y de una manera prudente.

• Las herramientas se mantendrán en buen estado.

• Utilizar equipos de protección individual con marcado CE.




2.8. Contacto eléctronico:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Como norma general la instalación deberá ejecutarse de acuerdo a la reglamentación vigente.

• La instalación eléctrica dispondrá de protección magnetotérmica, diferencial y toma de tierra.

• En caso de avería, comunicar los daños y la reparación será efectuada por personal especializado.

• Las herramientas eléctricas utilizadas deberán llevar el marcado CE.

• Evitar sobrecargar los enchufes con ladrones.

• Utilizar para los elementos portátiles tensiones de seguridad.

• Realizar un mantenimiento periódico de las instalaciones por instalador autorizado.

• No utilizar aparatos eléctricos con las manos húmedas.
• Separar el cableado de las fuentes de calor.

• No realizar operaciones de mantenimiento de los equipos electrónicos sin desconectarlos de la red.

• Las tapas de los cuadros eléctricos deben permanecer cerradas y señalizado el peligro eléctrico.8



2.9. Incendios:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Existencia de extintores de incendios adecuados a la clase de fuego.

• Mantenimiento periódico de extintores y demás equipos contra incendios.

• Revisar y mantener las instalaciones eléctricas aisladas y protegidas.

• Instalar sistemas de detección y alarma.

• Señalizar las zonas de riesgo de incendio.

• Señalizar y dejar libres las salidas de emergencia.

• Realizar planes de emergencia e implantarlos.




2.10. Fatiga visual:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Se graduará el brillo y el contraste mediante los mandos de la pantalla.

• Se colocará la pantalla de tal manera que están situadas paralelamente a ella las fuentes de iluminación.




2.11. Confort acústico:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Se regularán los timbres de los teléfonos.

• El ruido ambiental no debe superar los 50 db (A).9 Familia Profesional: Informatica y Comunicaciones




2.12. Confort térmico:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• La temperatura de los locales se mantendrá entre 17 y 27 °C, y la humedad relativa entre el 30 y el  70%.

• Se instalarán si es necesario sistemas de aire acondicionado que mantengan la temperatura de los locales entre estos valores.





2.13.        Factores psicosociales:

Las medidas preventivas que adoptaremos serán:

• Se intentará que el trabajador tenga la máxima información sobre la totalidad del proceso en el que está trabajando.

• Distribuir claramente las tareas y competencias.

• Planificar los diferentes trabajos de la jornada, teniendo en cuenta una parte para imprevistos.

• Realizar pausas o alternancia de tareas para evitar la monotonía del trabajo.









3 - Actuación en caso de accidente


En un lugar bien visible de la instalaciones debe colocarse toda la información necesaria para a actuación en caso de accidente: qué hacer, a quién avisar, números de teléfono, tanto interiores como exteriores (emergencia, servicio de prevención, mantenimiento, ambulancias, bomberos, mutua), direcciones y otros datos que puedan ser de interés en caso de accidente, especialmente los referentes a las normas de actuación.



Ante cualquier accidente siempre se debe activar el sistema de emergencia. Para ello se deben recordar las iniciales de tres actuaciones: Proteger, Avisar y Socorrer (Sistema P.A.S.)

a) Proteger: tanto al accidentado como a los servicios de socorro.

b) Avisar: Alertar a los servicios de emergencia (hospitales, bomberos, policía, protección civil). El teléfono de emergencia es el 112.

c) Socorrer: una vez que se haya protegido y avisado se procederá a actuar sobre el accidentado, practicándole los primeros auxilios si se tienen conocimientos sobre ellos.


Al comunicarse, se debe dar un mensaje preciso sobre:

a) Lugar donde ha ocurrido el accidente.

b) Tipo de accidente (electrocución, caída de altura, quemadura, hemorragia, fractura, etc).

c) Número de víctimas.

d) Estado aparente de las víctimas (consciencia, sangran, respiran, etc)

e) No colgar antes de que el interlocutor lo haya autorizado, ya que puede necesitar otras informaciones complementarias.

f) Disponer de una persona que reciba y acompañe a los servicios de socorro con el fin de guiarlos rápidamente hasta el lugar del accidente.




3.1.  Fracturas:

Procederemos de la siguiente manera:

1. En caso de que la fractura sea abierta, limpiar la herida y aplicar apósitos estériles.

2. Inmovilizar el hueso fracturado.

3. Tapar al herido, para que no se enfríe.

4. Evacuación hasta un centro hospitalario.



3.2. Hemorragias:

Procederemos de la siguiente manera:

1. Realizaremos mediante un apósito una compresión suave en el punto de sangrado.

2. ÚNICAMENTE si la hemorragia no se detiene, realizaremos un torniquete con una banda lo más ancha posible, llevando especial cuidado con la presión ejercida y anotaremos la hora en que se ha realizado el mismo.

3. Evacuación hasta un centro hospitalario.



3.3. Quemaduras:

Procederemos de la siguiente manera:

1. Refrescar la zona quemada, aplicando agua en abundancia sobre la superficie quemada.

2. Aplicar un apósito estéril en la zona quemada.

3. Evacuación hasta un centro hospitalario.





4 – Señalización:


La señalización referida a un objeto, actividad o situación determinada, proporciona una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual.






4.1. Señales de advertencia:

Son señales con forma triangular, con un pictograma negro sobre fondo amarillo, y bordes negros.

Advierte de un riesgo o peligro.






4.2.  Señales de prohibición:

Son señales con forma redonda, con un pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda transversal roja.


Prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un peligro.





4.3.  Señales de obligación:

Son señales con forma redonda, con un pictograma blanco sobre fondo azul. Obliga a un comportamiento determinado.







4.4. Señales de salvamento o de socorro:


Son señales con forma rectangular o cuadrada, con un pictograma blanco sobre fondo verde.

Proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento.



4.5.  Señales relativas ala lucha contra incendios:

Son señales con forma rectangular o cuadrada, con un pictograma blanco sobre fondo rojo.

Proporciona indicaciones relativas a la ubicación de los equipos de lucha contra incendios.






4.6. Señales de color referida al riesgo de caida , choque y golpes:

La señalización se efectuará mediante franjas alternas amarillas y negras. Las franjas deberán tener una inclinación aproximada de 45°.

4.7. Etiquetado:


Para los productos químicos la información sobre su peligrosidad y el riesgo derivado de su utilización está recogida en la etiqueta y ampliada en la ficha de datos de seguridad (FDS). Su contenido está regulado por la legislación sobre comercialización de productos químicos relativa a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos recogida en los Reales Decretos 363/1995 y 255/2003, que obliga a que todo producto químico esté debidamente etiquetado tanto si va destinado al público en general como al usuario profesional, en cuyo caso deberá también disponer de la ficha de datos de seguridad.

La obligación de identificar los productos químicos no es exclusiva de los productos comercializados sino que incluye cualquier producto presente en el lugar de trabajo, por lo que no es aceptable la presencia de productos sin etiquetar o identificar provenientes de un trasvase, generados en el proceso o como residuos (RD 485/1997).











4.7.1. Símbolos de peligro normalizados:

En el siguiente gráfico se describen los posibles pictogramas e indicaciones de peligro a utilizar según el peligro del producto. Estos serán como máximo dos y deberán ocupar cada uno de ellos como mínimo la décima parte de la superficie de la etiqueta.












4.7.2. Frases de seguridad:


El objeto de estas indicaciones en el etiquetado es poner a disposición de los trabajadores un instrumento fundamental que contenga informaciones sobre los riesgos de las sustancias y preparados peligrosos y advierta a las personas sobre los peligros que conlleva su manipulación.




Estas indicaciones se realizan mediante las frases “R” y frases “S”. Las frases “R” permiten identificar los riesgos atribuidos a las sustancias y preparados peligrosos. Las frases “S” indican consejos de prudencia estableciendo medidas relativas a la manipulación y utilización de sustancias y preparados peligrosos.












4.7.2.1. Frases “R”:




4.7.2.2.  Frases “S”




5. - Planes de autoprotección en situaciones de emergencia





Se dene el Plan de Autoprotección como el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de protección civil.





El Plan de Autoprotección abordará la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.




El Plan de Autoprotección habrá de estar redactado y firmado por técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad, y suscrito igualmente por el titular de la actividad. Se designará, por parte del titular de la actividad, una persona como responsable única para la gestión de las actuaciones encaminadas a la prevención y el control de riesgos.




El Plan de Autoprotección se recogerá en un documento único cuya estructura y contenido mínimo (R.D. 393/2007 Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia Anexo II ), se detalla a continuación:









Índice paginado


Capítulo 1.  Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad.

1.1 Dirección Postal del emplazamiento de la actividad. Denominación de la actividad, nombre y/o marca. Teléfono y Fax.

1.2 Identificación de los titulares de la actividad. Nombre y/o Razón Social. Dirección Postal, Teléfono y Fax.

1.3 Nombre del Director del Plan de Autoprotección y del director o directora del plan de actuación en emergencia, caso de ser distintos. Dirección Postal, Teléfono y Fax.






Capítulo 2.  Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla.

2.1 Descripción de cada una de las actividades desarrolladas objeto del Plan.


2.2 Descripción del centro o establecimiento, dependencias e instalaciones donde se desarrollen las actividades objeto del plan.


2.3 Clasificación y descripción de usuarios.


2.4 Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.


2.5 Descripción de los accesos. Condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Este capítulo se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica siguiente:

- Plano de situación, comprendiendo el entorno próximo urbano, industrial o natural en el que figuren los accesos, comunicaciones, etc.

- Planos descriptivos de todas las plantas de los edificios, de las instalaciones y de las áreas donde se realiza la actividad.17Familia Profesional: Informatica y Comunicaciones











Capítulo 3.   Inventario, análisis y evaluación de riesgos.

Deben tenerse presentes, al menos, aquellos riesgos regulados por normativas sectoriales.

Este capítulo comprenderá:


3.1 Descripción y localización de los elementos, instalaciones, procesos de producción, etc. que puedan dar origen a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.

3.2 Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad y de los riesgos externos que pudieran afectarle. (Riesgos contemplados en los planes de Protección Civil y actividades de riesgo próximas).

3.3 Identificación, cuantificación y tipología de las personas tanto afectas a la actividad como ajenas a la misma que tengan acceso a los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.

Este capítulo se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos de la documentación gráfica siguiente:

- Planos de ubicación por plantas de todos los elementos y/o instalaciones de riesgo, tanto los propios como los del entorno.



Capítulo 4. Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.

4.1 Inventario y descripción de las medidas y medios, humanos y materiales, de que dispone la entidad para controlar los riesgos detectados, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los Servicios Externos de Emergencias.

4.2 Las medidas y los medios, humanos y materiales, disponibles en aplicación de disposiciones específicas en materia de seguridad.

Este capítulo se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica siguiente:

- Planos de ubicación de los medios de autoprotección, conforme a normativa UNE.

- Planos de recorridos de evacuación y áreas de confinamiento, reflejando el número de personas a evacuar o confinar por áreas según los criterios fijados en la normativa vigente.

- Planos de compartimentación de áreas o sectores de riesgo.




Capítulo 5. Programa de mantenimiento de instalaciones.


5.1 Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de riesgo, que garantiza el control de las mismas.

5.2 Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección, que garantiza la operatividad de las mismas.

5.3 Realización de las inspecciones de seguridad de acuerdo con la normativa vigente.
Este capítulo se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos de un cuadernillo de hojas numeradas donde queden reflejadas las operaciones de mantenimiento realizadas, y de las inspecciones de seguridad, conforme a la normativa de los reglamentos de instalaciones vigentes.




Capítulo 6. Plan de actuación ante emergencias.

Deben definirse las acciones a desarrollar para el control inicial de las emergencias, garantizándose la alarma, la evacuación y el socorro. Comprenderá:18
Manual Basico de Prevencion de Riesgos Laborales.



6.1 Identificación y clasificación de las emergencias:
- En función del tipo de riesgo.
- En función de la gravedad.
- En función de la ocupación y medios humanos.


6.2 Procedimientos de actuación ante emergencias:
- Detección y Alerta.
- Mecanismos de Alarma:

1.- Identificación de la persona que dará los avisos.

2.- Identificación del Centro de Coordinación de Atención de Emergencias de



Protección Civil.

- Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.

- Evacuación y/o Confinamiento.

- Prestación de las Primeras Ayudas.

- Modos de recepción de las Ayudas externas.

6.3 Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los procedimientos de actuación en emergencias.


6.4 Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante Emergencias.






Capítulo 7. Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior.

7.1 Los protocolos de notificación de la emergencia.

7.2 La coordinación entre la dirección del Plan de Autoprotección y la dirección del Plan de Protección Civil donde se integre el Plan de Autoprotección.


7.3 Las formas de colaboración de la Organización de Autoprotección con los planes y las actuaciones del sistema público de Protección Civil.






Capítulo 8. Implantación del Plan de Autoprotección.


8.1 Identificación del responsable de la implantación del Plan.

8.2 Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en el Plan de Autoprotección.

8.3 Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de Autoprotección.

8.4 Programa de información general para los usuarios.

8.5 Señalización y normas para la actuación de visitantes.

8.6 Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.










Capítulo 9. Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.


9.1 Programa de reciclaje de formación e información.


9.2 Programa de sustitución de medios y recursos.


9.3 Programa de ejercicios y simulacros.


9.4 Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del Plan de Autoprotección.


9.5 Programa de auditorías e inspecciones.19
Familia Profesional: Informatica y Comunicaciones,






Anexo I. Directorio de comunicación.


a. Teléfonos del Personal de emergencias.


b. Teléfonos de ayuda exterior.


c. Otras formas de comunicación.




Anexo II. Formularios para la gestión de emergencias.




Anexo III. Planos.





6 - Normativa aplicable:


La legislación aplicable sobre prevención de riegos laborales para trabajadores del sector informático y de las comunicaciones es:

a) Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

b) Real Decreto 363/1995 sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y modificaciones posteriores.

c) Real Decreto 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo y Guía Técnica de desarrollo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).

d) Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

e) Real Decreto 487/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores y Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

f) Real Decreto 773/1997 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual y Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

g) Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo y

Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

h) Real Decreto 374/2001 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo y Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

i) Real Decreto 614/2001 sobre disposiciones mínimas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico y Guía Técnica de desarrollo del INSHT.

j) Real Decreto 842/2002 sobre Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

k) Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.

l) Real Decreto 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

m) Real Decreto 393/2007 por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias que puedan dar origen a situaciones de emergencia.






7 – Resumen de riesgos:


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